Cuando fallece un ser querido, hay varias cuestiones importantes que los familiares tienen que tener en cuenta a la hora de decidir qué hacer con el cuerpo del difunto. Si una de las opciones planteada es adquirir un nicho en propiedad, es necesario tener en cuenta varios aspectos:
Es importante recordar que la titularidad de los nichos de un cementerio depende del municipio en cuestión en el que esté situado. Cada uno establece sus propias tasas y normas específicas según cada ayuntamiento. Actualmente, una de las opciones elegidas por la mayoría de los familiares que tienen que enterrar a un ser querido es la opción del alquiler. Alquilar un nicho durante un determinado periodo de tiempo y como consecuencia, abonar el precio que establezca el cementerio en cuestión. La posibilidad de llevar a cabo esta acción depende de la gestión de cada cementerio y del espacio del que disponga el propio nicho para poder enterrar a su familiar. Según lo establecido en las ordenanzas municipales, la duración de un nicho en propiedad puede oscilar entre 5 años y un máximo de 75. Lo más habitual es una media de 10 años.
Algunas personas optan por enterrar a varios familiares en un mismo nicho, esto recibe el nombre de sepultura. El espacio del mismo es reducido y no es posible alojar a 2 féretros, por ello, si la opción elegida es esta, hay varias posibilidades para poder enterrar a varios familiares en un mismo nicho:
Por un lado, se puede introducir una urna funeraria de la persona fallecida, de esta manera, el espacio que se necesita es mucho menor al de un féretro. Por otro lado, si la opción elegida es la de introducir al fallecido en un féretro, en muchas ocasiones es necesario realizar una reducción de los restos de la persona que ya ha sido enterrada anteriormente para poder disponer de espacio necesario para el nuevo enterramiento.
Si se dispone de una sepultura en propiedad y se quiere saber si hay espacio para enterrar a otra persona, será necesario solicitar al cementerio el título de propiedad en el que reflejará el número de cuerpo que alberga dicho espacio y las fechas de enterramiento correspondientes. También es posible consultar directamente al cementerio para que ellos puedan revisar sus registros e informar a la persona interesada.
No es muy habitual adquirir un nicho en propiedad de manera indefinida, lo habitual es que se adquiera para un periodo de tiempo determinado. Las tarifas de los nichos rondan entre 300 y 700 euros anuales. Los cementerios normalmente realizan su actividad mediante concesiones otorgadas por el ayuntamiento del municipio en concreto, por ello, no suelen permiten adquirir un nicho en propiedad de manera perpetua porque de esta manera, se aseguran que, con el paso de los años, si los familiares no renuevan los documentos necesarios, los nichos quedarán vacíos para poder ser reutilizarlos para otras personas. Si ocurre esta casuística en la que los familiares no renuevan la documentación y no realizan los trámites necesarios, los restos albergados en dicho nicho son exhumados y se trasladan a una fosa común dentro del cementerio. En estas ocasiones, algunos familiares optan por la incineración de los restos cadavéricos para poder enterrarlos en otros lugares o bien, guardar las cenizas.
Si alguna persona cuenta con un nicho en propiedad porque el cementerio en el que se encuentre su familiar lo haya permitido, es posible venderlo a otra persona mediante un contrato de compraventa. En este caso, además del precio que se negocie con el particular, se deberán abonar las tasas necesarias por el cambio de titularidad. Es importante informar al cementerio de este hecho. Si un familiar o una persona allegada tiene un nicho en propiedad, es posible recibirlo en herencia. En estos casos será importante valorar los gastos económicos como si fuese otro bien heredado y de igual manera, comunicar al cementerio en cuestión el cambio de titularidad. Si el nicho heredado tiene restos y el nuevo titular quiere utilizarlo, tendrá que solicitar al cementerio y al ayuntamiento la exhumación de los restos que contenga.
Los familiares de la persona fallecida que descansa en el nicho se comprometen con el cementerio en cuestión a llevar a cabo ellos mismo la gestión del mantenimiento de su nicho y deberán asumir el gasto del mismo.
En definitiva, alquilar un nicho o tenerlo en propiedad, dependerá del cementerio en cuestión, de su concesión y de la normativa que tenga cada ayuntamiento. En la gran parte de los cementerios, no es posible adquirir nichos en perpetuidad, pero todo depende de cada lugar camposanto. Si se quiere adquirir un lugar de enterramiento de manera perpetua, lo ideal es optar por un panteón familiar o un mausoleo en los casos en los que se lo puedan permitir.